CONSEJO COMUNITARIO NEGRO DE LA CUENCA DEL RÍO ACANDÍ Y ZONA COSTERA NORTE
Acandí - Capurganá, octubre 14 de 2010
Doctor
HERNANDO CALERO
Coordinador Nacional del Sistema de Alertas Tempranas
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Bogotá
Ref. SOLICITUD DE ACOMPAÑAMIENTO INSTITUCIONAL.
En mi condición de Representante Legal del Consejo Comunitario Negro de la Cuenca del Río Acandí y Zona Costera Norte, me dirijo a ustedes con todo respeto a fin de exponerles los siguientes
HECHOS:
Primero.- El Consejo Comunitario de la Cuenca del Rio Acandí y Zona Costera Norte recibió en adjudicación por parte del estado colombiano 10.400 hectáreas como tierras colectivas de Comunidades Negras conforme a la ley 70 de 1993 y el decreto 1745 de 1995.
Segundo.- Esta propiedad fue entregada sin ningún tipo de amojonamiento ni delimitación con títulos individuales.
Tercero. En la comunidad negra y mestiza, no existía ni existe hoy claridad de los fundamentos y alcances de esta ley, por lo cual muchas personas, sin ser de la etnia, se consideraban propietarios en el territorio negro por el simple hecho de tener un compraventa antes y después de la ley 70 de 1993.
Cuarto.- Las distintas entidades del nivel municipal, departamental, nacional e internacional, no tienen claridad sobre el alcance de la ley 70 de 1993, el convenio 169 de la OIT y la ley 21 de 1991. Por lo cual se han originado muchos enfrentamiento entre ellas y los consejos comunitarios negros de Acandí; para estas entidades los Consejos Comunitarios Negros son los enemigos del progreso del Municipio, muestran a los Consejos como algo negativo, culpable de todo lo malo que ocurre en el territorio ante sus adeptos o seguidores, por el hecho de que nosotros reclamamos que se nos consulte tal y como manda la ley en los proyectos que ellos pretenden ejecutar en nuestro territorio o que tienen que ver con nuestro pueblo.
Quinto.- La fuerza pública ( Ejército, Policía, Guardacostas, Capitanía de Puerto, DAS, Etc.) tampoco tiene claridad de la función y competencia que tenemos los Consejos Comunitarios Negros por lo cual, en muchas ocasiones, lanzan expresiones y dan conceptos que ponen en peligro la vida de los representantes negros y al proceso en general; la directiva permanente número 007 del Ministerio de Defensa, sobre el tema étnico, es muy poco conocida al interior de estas fuerzas y por ende muy mal aplicada.
Sexto.- EL INGEOMINAS, violando la ley 70 en su artículo 49, el convenio 169de la OIT y la ley 21 de 1991, adjudico un contrato de exploración minera a la empresa Agloamerican Exploration sobre 1600 hectáreas en nuestro territorio y autorizo la presencia de la empresas mineras GOLD PLATA y el GRUPO BULLET, para trabajar en nuestro territorio, sin ningún tipo de consentimiento previo con la autoridad étnica, todo lo anterior generó la expectativa de que el Municipio de Acandí era muy rico en ORO, PLATINO, TUNGSTENO, MOLIBDENO, ETC.
Esta expectativa, generó un flujo migratorio hacia nuestro territorio, la ambición y el precio de la tierra subió y la presión sobre la tierra aumentó de manera clara y visible.
Séptimo.- El día 30 de Septiembre de 2010, se realizo una reunión de los tres Consejos Comunitarios Negros, la Empresa Agloamerican Exploration, el MinInterior, MinAmbiente, Ingeominas y la Alcaldía Municipal de Acandí, en esta reunión se nos informó por parte de las entidades antes mencionadas que el contrato de exploración se había cancelado definitivamente, por cuanto el MinAmbiente había negado la Licencia Ambiental. En esta reunión advertimos el peligro que para nosotros implicaba esta noticia, por cuanto en la comunidad se podía tener la idea de que los culpables de esta decisión seríamos nosotros y en consecuencia nuestras vidas corrían peligro, en esta misma reunión denunciamos las amenazas de muerte que le había hecho llegar al Representante Legal del Consejo Local del Corregimiento de Capitán y Presidente del Consejo Mayor, señor FREDY PESTANA HERRERA.
Octavo.- El día 11 de Octubre en las horas de la tarde, ES ASESINADA la compañera ANA MARÍA MORENO Representante legal del Consejo Comunitario Local de Asti, y miembro de la Junta Directiva del Consejo Mayor, dejando un viudo y diez hijos huérfanos de madre. Este mismo día recibimos una llamada telefónica de un número que pusimos en conocimiento de la policía nacional y del ejército, en la cual se ponía el sonido de una motosierra y una voz que amenazaba con picar a los representantes legales negros de Acandí.
Noveno.- Esta muerte y las amenazas han originado el desplazamiento de tres familias y el resto de familias de los corregimientos antes mencionados está a la expectativa de la respuesta por parte del estado a fin de saber si permanecen en el territorio o también se desplazan.
Por todo lo anterior
Solicitamos:
1—Acompañamiento por parte de la DEFENSORIA DEL PUEBLO, a fin de lograr por parte de las autoridades competentes:
A. —Ayuda humanitaria para la familia de ANITA MORENO y las familias desplazadas de la vereda de ASTI y CAPITANA.
B.---Protección especial de las propiedades de la familia de ANITA MORENO y demás familias desplazadas en ASTI Y CAPITAN.
C.---Visita urgente al corregimiento de ASTI Y CAPITAN a fin establecer un diagnóstico de la situación de los predios que hoy están siendo ocupado por los negros y negras de este territorio.
D.---Diseño de un plan de seguridad para los representantes legales de los consejos comunitarios de Acandí.
E.---Deslinde y amojonamiento del territorio colectivo de Comunidades Negras.
F.---Realización de un Consejo Municipal de Seguridad en el Corregimiento de Capurganá, con la participación del Alcalde Municipal, Personería, Policía, Ejercito, DAS, Acción Social, Fiscalía y demás autoridades competentes el día jueves 22 de Octubre de 2010.
La situación es realmente crítica y peligrosa para todos los que defendemos el proceso negro en Acandí, por lo cual cada día que pasa es mucho tiempo el que trascurre.
Respetuosamente,
EMIGDIO PERTUZ BUENDÍA
REP. LEGAL | FREDY PESTANA HERRERA
PRESIDENTE |