CONSEJO COMUNITARIO MAYOR DE LA ORGANIZACIÓN
POPULAR CAMPESINA DEL ALTO ATRATO - COCOMOPOCA
POPULAR CAMPESINA DEL ALTO ATRATO - COCOMOPOCA
Personería Jurídica 0076 del 31.I/2000 – NIT. 818.001.111 – 1
Decreto 890 de octubre 8 de 1992
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
El Consejo Comunitario Mayor de la Organización Popular Campesina del Alto Atrato-Chocó-Colombia (COCOMOPOCA), Informa a la opinión pública nacional e internacional que rechaza la exagerada demora que ha demostrado el Instituto Colombiano de Desarrollo rural –INCODER- en el trámite de titulación colectiva en el marco de la ley 7º de 1993
Desde Diciembre de 1.999 hemos venido haciendo inmensos esfuerzos para que nuestro proceso administrativo de titulación colectiva -probablemente el más largo en toda la historia de Colombia desde la entrada en vigencia de la ley 70 de 1993-, sea resuelto definitivamente de manera favorable. Sin embargo, el INCODER expidió el 23 de diciembre de 2010, un Acto Administrativo abiertamente contrario a las normas legales vigentes y altamente nocivo a los intereses de este Consejo, en el que denomina "poseedores de buena fe" a 40 personas que no lo ameritan; razón por la cual el representante Legal de COCOMOPOCA presentó dentro de la oportunidad procesal pertinente, recurso de reposición el pasado 4 de Febrero, oponiéndose a esa decisión del INCODER; a pesar de que el artículo 60º del Código Contencioso Administrativo consagra un término de 60 días para resolver los recursos de Vía Gubernativa, hoy 5 de abril, no se nos ha notificado en debida forma decisión alguna.
Manifestamos nuestra preocupación al respecto, ya que esto resulta ser violatorio de nuestros Derechos, y significa un atraso más en la consecución del anhelado Titulo Colectivo que desde hace más de once años venimos exigiéndole al Estado colombiano; demora que no resulta consecuente con la voluntad expresada en reunión sostenida por representantes de nuestro Consejo y el señor Gerente del INCODER al momento de radicarle un Derecho de Petición en la ciudad de Quibdó el 17 de enero de este año, cuando nos afirmó que la disposición en titular era clara y amplia.
Por estas razones, pedimos a todos desde el ámbito de sus competencias, hacer lo pertinente para que el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria proceda finalmente con su obligación legal de expedir la Resolución de Titulación colectiva de acuerdo a la solicitud presentada por este Consejo Comunitario en diciembre de 1999 en el marco de la ley 70 de 1993 y el decreto 1745 de 1995.
Llamamos la atención de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, como garantes de los Derechos Humanos y el cumplimiento de la Ley y la Constitución Política según los arts. 277º y 282º superiores respectivamente, para que cumplan con su deber y hagan cumplir al INCODER sus responsabilidades normativas.
Exigimos al INCODER la titulación inmediata del territorio solicitado, acorde con la normatividad vigente y con la solicitud realizada por COCOMOPOCA.
Atrato, 05 de abril de 2011
CONSEJO COMUNITARIO MAYOR DE LA ORGANIZACIÓN POPULAR CAMPESINA DEL ALTO ATRATO (COCOMOPOCA)
Dirección Cr 1 26 A- 08
QUIBDÓ- CHOCÓ- COLOMBIA
Teléfonos: (094)6722038 - E-mail: cocomopoca@hotmail.com
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